CSJ cobrará C $ 100 por publicar avisos y fallos en su sitio web.

CSJ cobrará C $ 100 por publicar avisos y fallos en su sitio web.

La medida se tomó tras la suspensión de la edición impresa del diario La Prensa y la incautación de las instalaciones por parte del gobierno de Daniel Ortega.

El Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial (CNACJ) autorizó la implementación del “Consejo de Avisos Electrónicos” en el sitio web del Poder Judicial para la publicación de avisos y sentencias.

Este martes, la Corte Suprema de Justicia anunció en un comunicado de prensa que mediante los pactos Nos. 534 y 548 del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, se autoriza a jueces y magistrados “a partir de ahora a que los decretos judiciales en todas las materias se publiquen en el sitio web ”de ese poder estatal.

La medida se tomó tras la suspensión de la edición impresa del diario La Prensa y la incautación de las instalaciones por parte del gobierno de Daniel Ortega.

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tarifa única pagadera

La CNACJ señala en la resolución 548 que “sin perjuicio de las publicaciones realizadas en la herramienta“ Publicaciones Judiciales ”del sitio web, los funcionarios judiciales, en el ejercicio de su acción jurisdiccional, deberán aceptar la publicación electrónica o impresa realizada en cualquier periódico de nacionalidad. circulación, debidamente inscrita como tal y que no requiere suscripción para su acceso ”. Es importante señalar que el diario La Prensa circula electrónicamente, pero requiere suscripción.

El Consejo Nacional de Administración y Carreras Judiciales señala que “se fijó una tarifa única de C $ 100 córdobas por la publicación de Avisos, como citas, citas y otros que ordene la ley; Avisos legales como subastas y carteles; Publicaciones de Jurisdicción Voluntaria y Sentencias Comerciales, tales como sentencias, citaciones y notificaciones ”.

Los pagos por publicación serán realizados por «usuarios o sus abogados» en la cuenta número 10010306171103 del Banco de Producción (Banpro). “El recibo o“ comprobante ”entregado por el banco debe enviarse por escrito a la autoridad judicial, para que pueda ordenar su publicación en el portal web”, indica el comunicado.

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Casos donde la publicación será gratuita

El convenio establece que “las publicaciones en acciones de Familia, tales como avisos, representación legal cuando se desconoce el paradero del imputado, casos de divorcio y sucesión procesal son gratuitos; Carteles de subastas; Laborales, como carteles de subastas, notificaciones a los ausentes o con domicilio desconocido; y sanciones ”.

Asimismo, “estarán exentos del pago los ancianos, los que gocen de asistencia jurídica gratuita y los que gocen de exención por resolución motivada de autoridad judicial, cuando su capacidad económica sea significativamente inferior a la de la otra parte, de conformidad con el art. 377.. Del CPCN ”(Código Procesal Civil de Nicaragua).

Cabe señalar que el usuario o su representante legal debe presentar el documento impreso con su contenido y la fecha de publicación.

By Raymi Casanova

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