La Carta Magna establece claramente que quien haya ocupado el cargo durante más de seis meses «en el período inmediatamente anterior» no puede ser candidato a la presidencia.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia aprobó el viernes 3 de septiembre la reelección presidencial inmediata, a pesar de que la Constitución de la República lo prohíbe.
La Carta Magna establece claramente que quien haya ocupado el cargo durante más de seis meses «en el período inmediatamente anterior» no puede ser candidato a la presidencia.
Sin embargo, en la resolución, la Sala Constitucional, impuesta el 1 de mayo por la Asamblea Legislativa en el poder, cita como erróneas las limitaciones establecidas en las interpretaciones históricas de la Constitución.
«Evitar la repetida ocupación del poder por una misma persona contribuye a la pureza o regularidad de los procesos electorales, y no solo a favor de la libertad de voto, sino también de unas condiciones más equitativas entre los competidores.. (…) Cabe agregar que la limitación temporal del mandato pone de manifiesto la inestabilidad del ejercicio del poder, que finaliza en un momento determinado y que debe rendir cuentas a la ciudadanía por la forma en que se ejerció ”, prosigue la sentencia 25. -VI-2014, ahora visto al menos por la nueva sala para dar paso libre a la continuidad del presidente en un segundo mandato.
La nueva resolución de los magistrados impuestos ahora sostiene que “la Sala (dijo) en esa ocasión que todas las disposiciones citadas indican que la Constitución prohíbe la reelección presidencial inmediata, esto sin intentar encontrar una interpretación acorde a la realidad«.
«Puedo ser mejor que Bukele»: Gerson Gutiérrez Gasparín, el polémico candidato del APRE
La nueva interpretación considera que esta sentencia “Deja de lado que permitir que el Presidente vuelva a postularse para la presidencia no implica en realidad que sea elegido, solo implica que el pueblo tendrá entre sus opciones al que actualmente ostenta el poder. son las personas las que deciden si volver a confiar en él u optar por una opción diferente »
2024-2029 pic.twitter.com/nzfJNbKJAs
– Dania González (@DaniaGonzalz) 4 de septiembre de 2021
Además, afirma que existe una mala interpretación de la Constitución; Según los magistrados, la prohibición va dirigida a los candidatos y no al presidente, por lo que consideran que tiene todos los poderes de reelección si solo dimite 6 meses antes del final de su mandato presidencial.
Los diputados del partido gobernante pronto comenzaron a reaccionar y aplaudir la resolución de la Cámara. El diputado por Nuevas Ideas, Christian Guevara, publicó en su Twitter que será el pueblo salvadoreño quien decidirá las próximas elecciones presidenciales.
Tomado de La Prensa Gráfica.