“Tengamos empatía. Enseñemos a las personas a pensar en la vida, las interacciones laborales y las relaciones personales violadas por la impunidad. Esta no es la Panamá que debemos construir ”
El acoso cibernético se define como acoso o agresión continua y sostenida a través de medios electrónicos, redes sociales y plataformas de mensajería. También incluye robo de identidad, robo de documentos confidenciales, grabación de conversaciones telefónicas, seguimiento informático o gestión del acceso a Internet de la persona afectada. Es un atentado perpetrado con la posibilidad del anonimato del agresor y el potencial de atraer a una audiencia mayor, que también es cómplice.
Los Centros para el Control de Enfermedades de EE. UU. Han clasificado el ciberacoso como un problema de salud pública, principalmente debido a su impacto en la salud mental de adolescentes y jóvenes. Un informe de la UNESCO (https://bit.ly/2WFmYyD) informa que 1 de cada 3 estudiantes (32%) ha sido acosado. El 94% de las víctimas de este acoso y el 88,5% de las víctimas del ciberacoso tienen problemas como depresión, ansiedad y miedo.
Incluso cuando se trata de un problema claramente identificado en la población estudiantil, los adultos, especialmente los usuarios de las redes sociales, participan en estas actividades. La pregunta inevitable es: ¿cuál es el atractivo entre los adolescentes e incluso los adultos para promover este tipo de conductas? En varias revisiones sistemáticas se encontró un perfil de agresor típico: falta de empatía, tendencia a la adicción, bajo nivel de autocontrol y niveles muy altos de frustración.
En Panamá no hay constancia de estos delitos. El Centro de Investigaciones Sociales Paw en Washington DC y Amnistía Internacional informaron del alarmante aumento del número en los últimos años, cuyas víctimas suelen ser niñas y mujeres (https://www.oas.org/en/sms/cicte/docs/20191125 -ESP-White-Paper-7-VIOLENCIA-CONTRA-LAS-MUJERES.pdf).
Panamá se adhirió al Convenio de Budapest en octubre de 2013, mediante la Ley 79 publicada en el Boletín Oficial. Sin embargo, existen varios intentos infructuosos de regular la Ley. La falta de una clasificación clara de los delitos y la necesidad de pruebas sumarias, entre otros problemas, dificultan la existencia de un Registro de Delitos de este tipo (Godoy 2020).
Solo con políticas públicas claras y la implementación de la Ley 81 de Protección de Datos Informáticos daremos un paso adelante en seguridad ciudadana. Debemos avanzar hacia la denuncia en línea, la formación de especialistas en informática que puedan recoger con precisión la huella dactilar del acoso. La legislación exitosa en Nueva Zelanda y Perú son ejemplos.
“Solo con políticas públicas claras y la implementación de la Ley 81 de Protección de Datos Informáticos daremos un paso adelante en seguridad ciudadana”
Tengamos empatía. Enseñemos a las personas a pensar en la vida, las interacciones laborales y las relaciones personales violadas por la impunidad. Esta no es la Panamá que se supone que debemos construir.
Coordinador del Centro de Investigaciones Médicas del Pacífico-Indicasat AIP; director ejecutivo de FetalMedicine SA