El Congreso de la República aprobó el decreto 11-2021, Ley de Emergencia Nacional para la Atención de Pandemias, de COVID-19, con 137 votos a favor, 1 en contra y 22 ausentes. El reglamento estará vigente hasta el 31 de diciembre, y con él se facilitará la adquisición de insumos y personal para que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social pueda enfrentar el aumento de casos de coronavirus.
BIENES Y COMPRAS
Ahora la cartera podrá enajenar inmuebles de otras instituciones públicas para afrontar la crisis sanitaria.
Además, contará con un ajuste presupuestario de 1.878.000,00 Qt para cubrir los gastos que supondrá la atención de urgencias.
También establece un listado básico de compras de medicamentos específicos, equipamiento hospitalario, material de laboratorio, oxígeno, material médico quirúrgico, fórmulas, equipos de protección personal y contratación de servicios publicitarios; para agilizar esto, se permite el uso de contrato abierto.
El MSPAS y el Instituto de Seguridad Social de Guatemala, así como sus respectivas unidades ejecutoras, actualizarán su plan de adquisiciones de acuerdo con las nuevas asignaciones presupuestarias.
Con 137 votos a favor, 1 en contra y 22 ausentes, los diputados aprobaron el decreto nº 11-2021 de la Ley de Emergencia para la Atención de la Pandemia Covid-19, tras la aprobación de todos los artículos con las modificaciones incluidas. pic.twitter.com/GnapP8fWz4
– Jornal La Hora (@lahoragt) 14 de septiembre de 2021
RECLUTAMIENTO
En cuanto a la contratación de recursos humanos exclusivamente para atender COVID-19, las unidades ejecutoras deben priorizar las líneas 021 o 022 como regla general.
VACUNACIÓN EN MENORES DE 17 AÑOS
Además, prevé la aceleración de la vacunación contra el coronavirus para la población de Guatemala y la actualización de los controles sanitarios y el sistema de alerta epidemiológica.
En este sentido, se habilita la inmunización contra el coronavirus de niños de entre 12 y 17 años, así como la expansión del proceso a las comunidades rurales.
NO APRUEBAN LA CALIFICACIÓN DE HOSPITAL MILITAR
Sobre las enmiendas, los diputados no llegaron a un consenso para viabilizar como hospital temporal el Campo de Tránsito del Centro Médico Militar, a cargo del Ejército de Guatemala.
Integrantes de las bancadas VAMOS, VIVA, TODOS, FCN-Nación y Unionista no apoyaron esta iniciativa, a pesar de que los hospitales nacionales estaban saturados.
Tampoco avalaron una pensión para hijos y viudas de víctimas del COVID-19.
Con 63 votos a favor, 71 en contra y 26 ausentes, los diputados no aprobaron la viabilidad de un hospital temporal para casos de Covid-19, en el Campo de Tránsito del Centro Médico Militar. pic.twitter.com/3oH0Jxxr8i
– Jornal La Hora (@lahoragt) 14 de septiembre de 2021
BECAS DE APOYO A LA PANDEMIA DE MEDICINA
Entre los cambios aprobados se encuentra la adhesión de un nuevo artículo al reglamento que confiere competencia al MSPAS para garantizar la continuidad de los servicios de salud pública.
Otra es que aumenta las Becas Estudiantiles que se otorgan a los estudiantes de medicina que brindan sus servicios para atender la emergencia del COVID-19 y que realizan sus prácticas en los diferentes niveles de atención de la salud.
La beca debe ser equivalente al valor de un salario mínimo para trabajos no agrícolas y ser otorgada con el ajuste presupuestario establecido en el artículo 30.
Con 136 votos a favor, 1 en contra y 23 ausentes, los diputados aprobaron la enmienda para otorgar una beca o subsidio para estudiantes de medicina, lo cual no estaba previamente previsto en la iniciativa.
– Jornal La Hora (@lahoragt) 14 de septiembre de 2021
REGISTRO SANITARIO
La mayoría de diputados apoyó una enmienda sobre el registro sanitario de medicamentos para la atención de pacientes con coronavirus, que permitirá registrarlos en un plazo máximo de 15 días para productos con moléculas de su síntesis y 30 días para productos biológicos y biotecnología. .
Esto requiere que presenten una autorización emitida por la Administración de Medicamentos de los Estados Unidos de América o por la Agencia Europea de Medicamentos y la Organización Mundial de la Salud.
AÑADIR TELECONSULTA
Mientras que en el artículo 32 se agregó un número para implementar una línea directa de medicina general y seguimiento de casos de COVID-19 para adultos y menores a través de la teleconsulta y la atención domiciliaria; para ello, pueden optar por contratar servicios de salud con el sector privado.
PERMISO DE TRABAJO PARA VACUNAR
Además, aprobaron el otorgamiento de una jornada laboral a los trabajadores para la vacunación contra COVID-19.
El empleado deberá presentar la tarjeta de control expedida en los puestos de vacunación como comprobante de la administración de las dosis correspondientes.
PUNTOS PARA RECORDAR SOBRE LA NORMATIVA
Vacunación de menores de 12 a 17 años: El Ministerio de Salud ordena un programa de vacunación de menores. Además, deben completar el programa completo de personas que toman la primera dosis.
Precios de referencia: las autoridades deben publicar la lista básica y los precios de referencia de los medicamentos y los servicios hospitalarios privados para la atención del COVID-19 en las redes sociales, en el sitio web y en un periódico nacional.
Panel Covid-19: el Ministerio de Salud tiene instrucciones de actualizar el Semáforo Epidemiológico para proporcionar información de seguridad sobre la situación del coronavirus en cada ubicación.
Plan de vacunación: Salud debe formar brigadas comunitarias para la vacunación, detección y mitigación de COVID-19 en áreas rurales. Se deben tomar como referencia las aldeas y pueblos identificados en el Censo Nacional de Población.