Confusión y dudas motivaron el decreto aprobado por el Congreso de la República en la noche de este lunes, que imprime en Consejo de Ministros el Estado de Calamidad Pública emitido por el presidente Alejandro Giammattei. Este procedimiento se realizó por segunda vez en menos de un mes.
Con 79 votos en contra, 77 a favor y 4 ausentes, los diputados no aprobaron el Estado de Calamidad que restringía la movilidad de los guatemaltecos y que, según el gobierno, permitiría al Sistema de Salud contar con recursos para hacer frente al aumento de COVID. casos. -19, uno de los puntos que más críticas generó.
Sin embargo, cuando no se alcanzó la mayoría de votos (81) en la tercera lectura, los legisladores comenzaron a debatir si con ello habían rechazado el Acuerdo de Gobierno o si debían votar para rechazarlo expresamente.
SEGUNDO RETIRO DE ALEJANDRO GIAMMATTEI
Pese a las ilegalidades del presidente del Congreso, Allan Rodríguez, con 81 votos a favor, 69 en contra y 10 ausentes, se aprobó el proyecto de decreto de rechazo del Decreto 8-2021. pic.twitter.com/npc6328Ekk– Jornal La Hora (@lahoragt) 7 de septiembre de 2021
Similar procedimiento fue utilizado por el Congreso al rechazar el anterior Estado de Calamidad el 23 de agosto, argumentando que la Corte Constitucional resolvió, en esa ocasión en un recurso de aclaración, que el Pleno debía pronunciarse en uno de los tres sentidos previstos en la Ley. ley: Aprobar, modificar o fallar.
“Se aclara la resolución de este Tribunal de 21 de agosto de dos mil veintiuno, en el sentido de que, en virtud del mandato previsto en la resolución emitida, el Congreso de la República se declara en sesión permanente a fin de conocer y asumir la decisión sobre el Decreto 6-2021 del Presidente de la República, dicho Órgano deberá, en este caso, resolver en un solo acto, con mayoría absoluta, la decisión de ratificar, modificar o rechazar el Decreto de Gobierno 6-2021 del Presidente de la República en Consejo de Ministros ”, constituía el entonces CC.
Y EL CONGRESO VOTÓ PARA PROBAR
Tras varios argumentos, así como el intento del presidente del Congreso, Allan Rodríguez, de declarar permanente la sesión o dar por terminada la votación pronto, con 81 votos a favor, 69 en contra y 10 ausentes, se aprobó el proyecto de decreto de rechazo del estado. de calamidad.
¿QUÉ PIENSA EL EXPRESIDENTE DEL CONGRESO, ROBERTO ALEJOS?
Para el expresidente del Legislativo y exdiputado, Roberto Alejos, la resolución del Tribunal Constitucional (CC) indicó que “tienen que aprobarla de inmediato en una sola lectura y que no se requiere mayoría absoluta, por lo que el Congreso no debe saber en tres lecturas “.
Además, explicó que con esta resolución “la Corte ayudó al Congreso, les hizo la página y les dio el chivo expiatorio de cómo hacerlo”.
Para Alejos, es lógico que “si el Congreso no lo aprueba, no es necesario conocer otro acuerdo para desaprobarlo” y agregó que automáticamente, como el pleno no está de acuerdo con el reglamento, “ya es improbable”.
Asimismo, recordó que en febrero de 2016 se reformó la Ley Orgánica del Poder Legislativo, agregando el artículo 68 bis, que establece: “Cuando el Presidente de la República en Consejo de Ministros emita un Decreto de Excepción del Estado, los diputados deben reunirse en si están juntos, participan de manera privilegiada en el proceso de este. Procedimiento que significa: Conocer, ratificar, modificar o rechazar el decreto. En ningún caso se remitirá el trámite a comisión o consulta alguna ”.
Alejos recordó que al ser un decreto, no tiene la calidad de una iniciativa de ley.
ASIES FONG: NO APROBAR = FALLO
Según Gustavo García Fong, de la Asociación de Investigaciones y Estudios Sociales (Asies), “inapropiado equivale a no aprobar”, agregó el experto que el acto legislativo que se llevó a cabo ayer es “la no aprobación del acuerdo de gobierno que contenía el estado de calamidad “.
“Todo el contenido de este acuerdo es nulo y sin efecto luego de que se publique la no aprobación en el Diario de Centro América”, agregó.
El experto dijo que para que la resolución del Congreso entre en vigencia, debe ser publicada.